¿Sabes de un enjambre de abeja que necesita ayuda?
El etiquetado de la miel en España se rige principalmente por el Real Decreto 68/2025 (que modifica al anterior RD 1049/2003 y entra en vigor en junio de 2026), el cual exige declarar los países de origen y sus porcentajes en mezclas, eliminando la categoría de "miel filtrada" para uso industrial y buscando mayor transparencia frente al consumidor. Esta normativa, alineada con la UE, busca combatir el fraude y mejorar la información sobre el origen real del producto, haciendo obligatoria la lista de orígenes en el campo visual principal de la etiqueta.
Se deben cumplir las disposiciones siguientes:
Norma general de etiquetado (Real Decreto 1334/1999) RD126/2015
Norma de calidad de la miel (Real Decreto 1049/2003, modificado por el Real decreto modificado por el Real Decreto 473/2015 y el Real Decreto 523/2020)
Información alimentaria facilitada al consumidor (Reglamento UE 1169/2011)
Producción y etiquetado de productos ecológicos (Reglamento CE 834/2007)
Seguridad alimentaria (RD126/2015)
Aquí os dejo un resumen de mis apuntes tomados en la Jornada apicultura como producción primaria. Venta Directa - CIAPA de Marchamalo en octubre 2024 y del webinar de Apiscam con la Comunidad de Madrid en junio 2025
ETIQUETADO DE LA MIEL
Denominación de venta: MIEL
NO: miel cruda, miel natural, miel fresca, miel sin fitosanitarios, miel sin calentar, miel sin filtrar, miel sin azúcar.
Se puede completar con indicaciones que hagan referencia al:
Origen floral: "MIEL DE FLORES", "MIEL DE MIELATO", "MIEL DE TOMILLO"
Recomendable análisis que o acredite
Denominación de venta del producto. RD 1049/2003 Norma de calidad relativa a la miel
Cantidad neta: expresar en grs. o en kgs.
País de origen: ESPAÑA
Datos de contacto : nombre del apicultor, domicilio, REGA. Envasador por el apicultor <nombre>
Fecha de consumo preferente con formato "Consumir preferentemente antes de fin de ...."
Si la duración es mayor de 18 meses se puede omitir el mes y dejar sólo el año. La miel no tiene fecha de caducidad sino fecha de consumo preferente.
LOTE: El lote que determine el envasador. Su indicación irá precedida de la letra "L"
La fecha de caducidad y el lote, pueden estar en otro campo visual, pero ha de poner en el campo visual principal la nota "fecha de consumo preferente y lote ver tapa o lateral ..."
Tamaño de letra mínimo 1,2 mm y hasta 6 milímetros si la cantidad nominal es superior a 1.000 gramos.
Instrucciones de conservación y utilización. "Manténgase en lugar fresco y seco", Las mieles cristalizan, calentar al baño maría para hacerla líquida"
"la miel no es recomendable para menores de 12 meses" - no estoy segura si esto es obligatorio, pero lo incluyo en mis etiquetas.
Todo apicultor que realice venta directa deberá llevar un registro del producto producido para venta directa, cantidad, fecha y origen, y en el caso del producto vendido, cantidad, lote, fecha y lugar de la venta, y, en su caso, identificación del establecimiento al que se ha vendido. Todo ello para asegurar la trazabilidad.
TODO ES PARA GARANTIZAR LA TRAZABILIDAD
Contenido no obligatorio
La lista de ingredientes: debido a que es un ingrediente único y la denominación del alimento es el ingrediente.
Etiquetado nutricional: Si se opta por indicarlo se debe cumplir:
Toda la información debe aparecer en el mismo campo visual.
La información incluirá: el valor energético expresado tanto en kJ (kilo-julios) como en kcal (kilocalorías) y las cantidades de grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal, expresados en gramos por 100 gramos de producto.
No es necesario indicar ausencia de alérgenos o sustancias que causan intolerancia porque la miel no los pose naturalmente.
Es preferible no indicar recomendaciones de salud, ya que la información alimentaria no atribuirá a ningún alimento las propiedades de prevenir, tratar o curar ninguna enfermedad humana, ni hará referencia a tales propiedades,
Esta jornada lo impartió la Veterinaria Lola Moreno Romero
apicultura@grupoapag.com
www.apicultoresguadalajara.es
Este tipo de comercio, se conoce como venta de proximidad o tambien conocido como CCC - Canales Cortos de Comercialización. Para poder ejercerlo debemos contar con el número del Registro Ganadero(REGA), es decir, basta con estar dado de alta como apicultor, y remarcarlo en las señas de la etiqueta como responsables directos producto. De esta manera podemos hacer venta local de miel sin necesidad de darnos de alta en sanidad.
No obstante, todas las exigencias para el etiquetado en el comercio de ciclo corto (sin registro sanitario) dependen de la regulación que de este tipo de comercio haya hecho la autonomía. Por lo tanto, recomendamos revisar la normativa específica que os corresponda, la encontraréis disponible en internet o preguntando directamente al organismo correspondiente.
La información obligatoria deberá estar en la etiqueta. Solo variarán los logos y el tipo de registro que la autonomía exija.